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Suspenden los artículos del DNU relacionados con los medicamentos

La Sala V de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo suspendió tres artículos del Decreto de Necesidad y Urgencia que Javier Milei lanzó en diciembre y que afectaban a la industria farmacéutica

La sentencia se dictó función del pedido que formuló el Sindicato Argentino de Farmacéuticos y Bioquímicos (SAFYB), que había cuestionado los artículos 319, 320 y 321 de ese DNU.

De esta manera, no se podrán vender medicamentos en lugares que no estén bajo el control de un farmacéutico.

ADN Regional dialogó con Marcelo Peretta, Dr. en farmacia y bioquímica y Titular del Sindicato Argentino de Farmacéuticos y Bioquímicos (SAFYB) quien destacó la relevancia del fallo judicial

Peretta afirmó que de esta manera se restablece la obligación de la presencia, la atención personal y la dependencia exclusiva del farmacéutico con la farmacia o establecimiento que dirija, durante todo el horario de atención.

Consultado acerca de como continúa la lucha, el titular del sindicato afirmó que resta controlar que el gobierno no vuelva a avanzar en este sentido.

En diciembre del 2023, el sector farmacéutico había presentado una medida cautelar contra el decreto de necesidad y urgencia (DNU) por el daño que genera en la actividad y en la salud de la población.

Según Peretta, con este fallo se evita el riesgo de que circulen medicamentos adulterados o directamente falsos.

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